“Pusimos freno a la proliferación de los carros cazafotomultas”: MinTransporte
El Ministerio de Transporte expidió una nueva Resolución que establece requisitos para imponer comparendos por exceso de velocidad. Los llamados carros cazafotomultas ya no podrán sancionar sin la presencia de un agente de tránsito visible e identificado.
El Gobierno Nacional anunció nuevas medidas para controlar el funcionamiento de los llamados vehículos cazafotomultas en Colombia y evitar que estos sean utilizados como mecanismos de recaudo, en lugar de herramientas para prevenir accidentes y salvar vidas en las carreteras.
La decisión fue anunciada por la ministra de Transporte, Elsa Noguera, quien expidió una Resolución que establece nuevos requisitos para la imposición de comparendos de tránsito por exceso de velocidad.
El anuncio fue realizado desde la Casa de Nariño y, según la ministra, las nuevas disposiciones comenzarán a operar de manera inmediata.
Carros cazafotomultas con agente de tránsito
Uno de los principales cambios establecidos en la nueva Resolución es que los vehículos utilizados para detectar infracciones de tránsito no podrán imponer comparendos sin la presencia de un agente de tránsito en el lugar.
La ministra Elsa Noguera explicó que el funcionario deberá ser visible, estar debidamente identificado y participar directamente en el procedimiento.
“Expedimos una Resolución para que estos vehículos no puedan imponer comparendos sin un agente de tránsito que esté presente en el lugar, que sea visible, que además se identifique, y que opere el dispositivo y expida el comparendo en el lugar de la infracción”, señaló la ministra.
Con esta medida, el Gobierno busca poner freno a la modalidad de vehículos que, según las autoridades, se ubicaban en determinados puntos para registrar infracciones mediante cámaras y posteriormente generar sanciones a los conductores.
Cámaras sin agente deberán tener autorización
La ministra también precisó que los vehículos y dispositivos que continúen funcionando mediante sistemas automáticos de detección deberán cumplir una serie de requisitos.
En estos casos, las cámaras deberán contar con autorización de la Agencia Nacional de Seguridad Vial y cumplir las condiciones exigidas para los sistemas de fotodetección.
“Si una cámara funciona sin agente, deberá tener autorización de la Agencia Nacional de Seguridad Vial y cumplir todos los requisitos de una cámara de fotodetección, incluida la señalización visible”, aseguró Noguera.
La exigencia de señalización busca, según el Gobierno, que los conductores conozcan la existencia de estos dispositivos y puedan adoptar medidas preventivas, especialmente reduciendo la velocidad en zonas donde exista mayor riesgo de accidentes.
“No salva vidas, solo busca recaudar”
La ministra de Transporte fue enfática al cuestionar la manera como, según el Gobierno Nacional, algunos de estos vehículos venían operando en diferentes zonas del país.
Noguera recordó que las fotomultas fueron concebidas originalmente como una herramienta para contribuir a la seguridad vial y reducir la accidentalidad, pero consideró que en algunos casos se habían convertido en un mecanismo de recaudo para las administraciones locales.
“Estos carros se escondían para detectar infracciones, pero no ayudaban a que los conductores redujeran la velocidad. Eso no salva vidas: solo busca recaudar”, manifestó la funcionaria.
El propósito de la nueva Resolución es precisamente evitar que los sistemas de control de velocidad sean utilizados únicamente para sancionar a los conductores y garantizar que cumplan una verdadera función preventiva.








